domingo, 30 de noviembre de 2008

Estatuto del Círculo

ESTATUTO CONSENSUAL

Estatuto del «Círculo Agustino», concertado al 11 de octubre del 2008. Puesto en vigor el 12 enero 2009 con la trigésimo tercera ratificación individual.

1. NOMBRE
Denominación: «Círculo Agustino». Duración: indefinida. Lema: «Lego, ergo cogito». Sede virtual: http://circuloagustino.blogspot.com/ Dirección virtual: circuloagustino@gmail.com

2. FINES
Sociales, humanitarios, académicos, culturales y ambientales.

3. PATRIMONIO
Bienes, fondos y derechos adquiridos por autogestión del Círculo y contribuciones voluntarias de sus miembros.

4. CONSTITUCIÓN
Asamblea General constituida por el sistema virtual de amigos y condiscípulos identificados con el pensamiento agustiniano, que se encuentren registrados. Sesión ordinaria por lo menos una vez al año. Consejo Directivo integrado por: Presidente, Coordinador y Tesorero, proclamados por el Presidente saliente en rotación bianual y por orden de natalicio entre voluntarios, con posibilidad a una sola reelección inmediata. La organización del Círculo es plana sin estructuras, conformada por Comités y Comisiones que informan al pleno de la Asamblea General, según Reglamento aprobado en consenso por el Consejo Directivo.

5. MIEMBROS
Miembros Activos los fundadores del Círculo Agustino. Miembros Amigos las personas incorporadas por vinculaciones afines al Círculo con acuerdo unánime del Consejo Directivo.

6. DERECHO
Miembros Activos, a voz y voto en la toma de decisiones del Círculo. Miembros Amigos, a voz en las Asambleas Generales. Todos los miembros tienen obligaciones de hacer y de no hacer con el Círculo, mas no de dar y menos de aportar dinero, sin embargo no está prohibido contribuir libre y voluntariamente.

7. ESTATUTO
Modificación parcial, por mayoría calificada de dos tercios de los Miembros Activos; modificación total, por consenso.

8. DISOLUCIÓN
Disolución y destino final de bienes promocionales en donación a entidad de caridad de reconocido prestigio nacional y solvencia moral, por consenso.

9. CONVENIOS
Este Estatuto es un convenio interpersonal entre amigos y condiscípulos aprobado por consenso y puesto en vigor por treintaitres ratificaciones individuales, que habilita a las partes involucradas a adherir al mismo ante la Asamblea General, toda vez que sin consentimiento no obliga. Así mismo, habilita al Consejo Directivo a suscribir convenios interinstitucionales con organizaciones afines al Círculo.

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